martes, 3 de junio de 2008

NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD (NIC)

Antecedentes de las Normas Internacionales de Contabilidad:

La globalización e integración de los mercados hace necesaria una
armonización en la información financiera que las entidades de los diferentes
países proporcionan a sus inversores, analistas y a cualquier tercero interesado.

Por tanto, el objetivo perseguido con la aplicación de un único grupo de normas
para todas las entidades que coticen en un mercado secundario de la Unión
Europea (UE) es la obtención de un grado apropiado de comparabilidad de los
estados financieros, así como un aumento de la transparencia de la información.

Con este propósito, en 1995 se firma un acuerdo entre el IASC (International
Accounting Standards Committee), actual IASB ( Internacional Accounting Standard Board), y la IOSCO (Organización Internacional de los Organismos Rectores de las Bolsas), por el que se comprometían a revisar todas las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), al objeto de que se pudieran utilizar por las entidades que cotizan en las bolsas.

Consecuentemente, en el Consejo Europeo de Lisboa celebrado en el año 2000, se puso de relieve la necesidad de acelerar la potenciación del mercado interior de servicios financieros y se fija la fecha del 2005 para la implantación de las NIC, el cual será un año importante para la profesión del contador público, en virtud de la armonización de la información contable, que se vislumbra por la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)

Con esta finalidad, el 19 de julio de 2002 se aprobó el Reglamento de la UE
relativo a la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad. El citado
Reglamento exige que, a partir del 1 de enero de 2005 a más tardar, todas las



entidades que coticen en un mercado regulado de la UE, así como aquéllas que estén preparando su admisión a cotización en esos mercados, elaboren sus cuentas consolidadas basándose en las NIC.

El Reglamento es de aplicación directa para las entidades que coticen en un
mercado regulado de la UE, sin necesidad de acto legislativo alguno por parte de los Parlamentos nacionales. Asimismo, se faculta a los Estados miembros a que permitan o exijan la aplicación de las NIC en la preparación de cuentas anuales individuales, así como para los grupos sin cotización oficial.

Por su parte en Venezuela se han preparado 15 Declaraciones de Principios de Contabilidad (DPC), estos pronunciamientos no presentan muchas discrepancias con respecto a las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)


las cuales se han adoptado pero en forma suplementaria a las DPC y aunque en Venezuela aplique sus propias normas, ello no implica que, las empresas transnacionales que operan en el país no puedan presentar estados financieros apegados a normas internacionales. En nuestro caso cuando la información financiera sea requerida con fines locales se utilizara las DPC, pero en el momento en que los estados financieros sean requeridos internacionalmente se deberá aplicar las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), y se tendrá que auditarlas de acuerdo a Normas de Auditoria Internacional, las cuales produce la IFAC .
Definición:
Son un conjunto de normas o leyes que establecen la información que deben presentarse en los estados financieros y la forma en que esa información debe aparecer, en dichos estados. Las NIC no son leyes físicas o naturales que esperaban su descubrimiento, sino más bien normas que el hombre, de acuerdo sus experiencias comerciales, ha considerado de importancias en la presentación de la información financiera.

Además de ello las normas internacionales de contabilidad son normas de alta calidad, las cuales están orientadas fundamentalmente a los inversionistas los

cuales exigen que la información que se les proporcione sea de mucha utilidad y confiabilidad, esa información debe ser homogénea, consistente y lo mas importante, comparable independientemente del país donde se encuentre ubicada la empresa.
Objetivos:
El objetivo principal que tienen las NIC es reflejar la esencia económica de las operaciones del negocio, y presentar una imagen fiel de la situación financiera de una empresa.
Otros objetivos relevantes son:
Formular y publicar normas de contabilidad a ser observadas en la presentación de los estados financieros.
Trabajar para el mejoramiento y armonización de las reglamentaciones relativas a la presentación de E.F.
Desarrollo de un enfoque común Internacional .
Formas de contribuir al consenso internacional.



Mecanismo de emisión de las Normas Internacionales de Contabilidad:
El desarrollo de cada una de las Normas Internacionales de Contabilidad es así:
El Consejo establece un Comité Conductor, el cual identifica y revisa todas las emisiones asociadas con el tema y considera la aplicación del "Marco de Conceptos para la preparación y presentación de Estados financieros para esas emisiones contables". Luego emite un "Punto sobresaliente al Consejo".

El Consejo hace llegar sus comentarios y el Comité Conductor prepara y publica una "Declaración Borrador de Principios", en la que se establecen los principios subyacentes, las soluciones alternativas y las recomendaciones para su aceptación o rechazo. Los comentarios se solicitan a todas las partes interesadas durante el período de exposición, ge2neralmente cuatro meses.
Luego de revisar los comentarios, acuerda una Declaración de Principios final que es enviada al Consejo para su aprobación y para usarlo como base del Borrador Público de la NIC propuesta. Esta Declaración está disponible para el público que lo requiera pero no es publicada.
El Comité prepara el Borrador Público para la aprobación del Consejo, lo que se logra con el voto de la menos las dos terceras partes y se publica. Se solicitan comentarios a todas las partes interesadas por un período entre un mes y cinco meses.
El Comité revisa los comentarios y prepara el borrador de la NIC para revisión del Consejo. Después de la revisión y la aprobación del setenta y cinco por ciento de los Consejeros, la Norma es publicada.
Periódicamente, el Consejo puede decidir establecer un Comité Conductor para revisar una Norma Internacional de Contabilidad para tomar en cuenta todos los desarrollos desde que la norma fue aprobada por primera vez.

La falta de uniformidad impide a los inversores, analistas y otros usuarios comparar fácilmente los informes financieros de empresas que operan en diferentes países, aunque sea dentro del mismo sector, es por eso que es necesario la existencia de las NIC.

Normas Internacionales de Contabilidad emitidas y sus interpretaciones:

Las NIC son emitidas por el International Accounting Standards Board (anterior International Accounting Standards Committee). Hasta la fecha, se han emitido 41 normas, de las que 34 están en vigor en la actualidad, junto con 30 interpretaciones (SIC).
Por otra parte, el texto aprobado de cualquier proyecto para comentarios o normas es el publicado por la NIC en el idioma inglés. Los miembros tienen la responsabilidad bajo la autoridad del consejo de preparar dichas traducciones.

Normas Internacionales de Contabilidad

NIC 1: Presentación de estados financieros (revisada en 1997)

NIC 2: Existencias (revisada en 1993)

NIC 3: (Sustituida por la NIC 27 y la NIC 28)

NIC 4: (Sustituida por la NIC 16, la NIC 22 y la NIC 38)

NIC 5: (Sustituida por la NIC 1)

NIC 6: (Sustituida por la NIC 15)

NIC 7: Estado de flujos de efectivo (revisada en 1992)

NIC 8: Ganancia o pérdida neta del ejercicio, errores fundamentales y cambios en las políticas contables

NIC 9: (Derogada por la NIC 38)

NIC 10: Hechos posteriores a la fecha del balance (revisada en 1999)

NIC 11: Contratos de construcción (revisada en 1993)

NIC 12: Impuesto sobre las ganancias (revisada en 2000)

NIC 13: (Sustituida por la NIC 1)

NIC 14: Información financiera por segmentos (revisada en 1997)

NIC 15: Información para reflejar los efectos de los cambios en los precios (párrafos reordenados en 1994)


NIC 16: Inmovilizado material (revisada en 1998)

NIC 17: Arrendamientos (revisada en 1997)

NIC 18: Ingresos ordinarios (revisada en 1993)

NIC 19: Retribuciones a los Empleados (revisada en 2002)

NIC 20: Contabilización de las subvenciones oficiales e información a revelar sobre ayudas públicas (párrafos reordenados en 1994)

NIC 21: Efectos de las variaciones en los tipos de cambio de la moneda extranjera (revisada en 1993)

NIC 22: Combinaciones de negocios (revisada en 1998)

NIC 23: Costes por intereses (revisada en 1993)

NIC 24: Información a revelar sobre partes vinculadas (párrafos reordenados en 1994)

NIC 25: (Sustituida por la NIC 40)

NIC 26: Contabilización e información financiera sobre planes de prestaciones por retiro (párrafos reordenados en 1994)

NIC 27: Estados financieros consolidados y contabilización de inversiones en dependientes (revisada en 2000)

NIC 28: Contabilización de inversiones en empresas asociadas (revisada en 2000)

NIC 29: Información financiera en economías hiperinflacionarias (párrafos reordenados en 1994)

NIC 30: Información a revelar en los estados financieros de bancos y entidades financieras similares (párrafos reordenados en 1994)

NIC 31: Información financiera de los intereses en negocios conjuntos (revisada en 2000)

NIC 32: Instrumentos Financieros: Presentación e Información a Revelar (No aprobada aún para la Unión Europea)

NIC 33: Ganancias por acción (1997)

NIC 34: Información financiera intermedia (1998)

NIC 35: Explotaciones en interrupción definitiva (1998)


NIC 36: Deterioro del valor de los activos (1998)

NIC 37: Provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes (1998)

NIC 38: Activos inmateriales (1998)

NIC 39:Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición (No aprobada aún para la Unión Europea )

NIC 40: Inmuebles de inversión (2000)

NIC 41: Agricultura (2001)

Análisis de la Norma Internacional de Contabilidad 25 (sustituida por la NIC 40)
Inmuebles de Inversión:
Esta Norma Internacional de Contabilidad N°40 ,Inmuebles de Inversión establece el requerimiento, medición(valuación) y revelación de la inversión en inmuebles.

Esta NIC ha sido oficializada por el Consejo Normativo de Contabilidad mediante Resolución N°023-2001 y reemplaza requerimientos anteriores de la NIC N°25 (reestructurada en 1994) Tratamiento Contable de las Inversiones, en lo concerniente a la inversión en inmuebles.

La NIC N°40 define Inmuebles de Inversión como todo inmueble, sea terreno o edificio, poseído por la empresa para ganar alquileres, y/o aumentar el valor de dicho inmueble, y no para ser usado en la producción, ya sea como suministro de bienes o servicios, o para propósitos administrativos, o para ser vendidos en el curso ordinario de los negocios.

La inversión inmobiliaria debe reconocerse como un activo, cuando es probable que los beneficios económicos futuros asociados con la inversión fluirán a la empresa; y el costo de dicha inversión inmobiliaria, pueda ser medido confiablemente.


Una inversión inmobiliaria debe medirse inicialmente a su costo. Todo desembolso posterior a su reconocimiento como inversión inmobiliaria, debe

agregarse al valor de la inversión, sólo si es probable que los beneficios económicos futuros en exceso fluirán a la empresa. Si no existe esa probabilidad, todo desembolso posterior se reconocerá como gasto.

Posterior al reconocimiento inicial, una empresa debe elegir como su política contable, entre el modelo de valor razonable o el modelo del costo, aplicando dicha política a toda su inversión inmobiliaria.

Esta es la primera vez que el IASC, establece el uso del valor razonable para un activo no financiero, al requerir a las empresas determinar el valor razonable
de la inversión inmobiliaria - para propósito de medición por el modelo del valor razonable o para propósito de revelación si eligió el modelo de costo alentándolas a determinar el valor razonable de la inversión inmobiliaria sobre la base de una valuación hecha por un valuador independiente que posea una reconocida y relevante calificación profesional y tenga experiencia reciente en la zona de ubicación y categoría de la inversión inmobiliaria que está siendo valuada.

MODELO DE VALOR RAZONABLE: Después del reconocimiento inicial, una empresa que elige el modelo de valor razonable, debe medir toda su inversión inmobiliaria a su valor razonable. La ganancia o pérdida que surge de un cambio en el valor razonable, debe incluirse en el estado de ganancias y pérdidas del periodo en el cual surge.

El valor razonable de la inversión inmobiliaria, es usualmente su valor de mercado, siendo la mejor evidencia del valor razonable, los precios actuales en un mercado activo para inmuebles similares en la misma zona de ubicación y condición, y sujeto a contrato de arrendamiento y otros similares. En ausencia de precios de mercados activos, una empresa puede recurrir a una variedad de fuentes como: precios actuales en un mercado activo para inmuebles de diferente naturaleza; precios recientes en mercados menos activos; y proyecciones de flujos de efectivo descontados, basados en estimaciones confiables de flujos de efectivo futuros, sustentados por contratos de arrendamientos existentes.

Si la empresa ha medido su inversión inmobiliaria al valor razonable, debe continuar midiéndolo así hasta la venta del inmueble, o hasta que pase a ser usado por la empresa como activo fijo.

MODELO DE COSTO: Después del reconocimiento inicial, la empresa que elige el modelo de costo, debe medir toda su inversión inmobiliaria, usando el tratamiento del método preferencial de la NIC 16 Inmuebles, Maquinaria y Equipo, esto es, al costo, menos cualquier depreciación acumulada y cualquier pérdida por deterioro del valor acumulado.





TRANSFERENCIA: Las inversiones inmobiliarias pueden ser transferidas, a existencias o a activo fijo o viceversa.

Cuando la empresa usa el modelo de costo, las transferencias entre inversión inmobiliaria o existencias, y activo fijo, no cambian el importe en libros del inmueble transferido, y no cambia el costo de ese inmueble para propósito de medición o revelación.

Cuando la empresa usa el modelo del valor razonable, la transferencia del inmueble a existencias o activo fijo, se hará al valor razonable de dicho inmueble a la fecha de la transferencia.

Si un inmueble que es un activo fijo, llega a ser una inversión inmobiliaria llevada al valor razonable, cualquier diferencia a esa fecha entre el valor en

libros del inmueble y su valor razonable, será tratado como una reevaluación bajo la NIC 16.

Si la empresa transfiere un inmueble, de existencias a inversión inmobiliaria, cualquier diferencia entre el valor razonable de dicho inmueble y su valor en libros debe ser reconocida en el estado de ganancias y pérdidas.

Cuando la empresa completa la construcción o desarrollo de una inversión inmobiliaria, construida por la propia empresa que será llevada al valor razonable, cualquier diferencia entre el valor razonable y su valor en libros debe ser reconocida en el estado de ganancias y pérdidas.






















Conclusiones
La normativa contable internacional se encuentra en constante evolución, desarrollándose una serie de modificaciones que permitan que las NIC (actualmente Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF) y los US GAAP sean totalmente compatibles a la mayor brevedad.
Por tal razón los cambios que manifiesta el mundo actual en razón de la internacionalización de la economía, unidos a los requerimientos de información de las empresas en un mercado altamente competitivo, en el cual, la eficiencia es factor fundamental del éxito, ponen de presente la importancia de las normas internacionales de contabilidad y la necesidad de su adecuación al interior de cada país.
Según Denis Beresford, presidente de la FASB: "La internacionalización no debe ser una búsqueda del mínimo común denominador, sino una mejora de las normas contables en el mundo entero"
Tales normas se consideran fundamentales para transar en un mercado abierto dentro de una base homogénea y con parámetros sólidos, que le brinden seguridad a quienes interactúan con los entes económicos, a efecto de que los usuarios de la información posean elementos de juicio estructurados desde un sistema de información contable nacional configurado a partir de las normas internacionales de contabilidad.
Es por ello que para participar en esta área, los trabajos deberán concentrarse en elaborar un planteamiento que permita recoger las normas internacionales y su utilización en el nivel nacional, reconociendo mediante un modelo estructural las diferencias que deben ser asimiladas en el orden nacional de cada país.
Los miembros del IASC consideran que la adopción de las Normas Internacionales de Contabilidad, por los diferentes países, más la pertinente revelación respecto al cumplimiento de las mismas, tendrá un efecto importante a través de los años. Mejorará la calidad de los estados financieros y se obtendrá un grado cada vez mayor de comparatividad. La credibilidad y, por consiguiente, la utilidad de los estados financieros se verá acrecentada en todo el mundo.
Luego de estudiar las normas de contabilidad internacionales es posible concluir que generalmente estas normas se encuentra armonizadas entre si, es decir, al comparar estas normas haciendo un paralelo, no tienen mayores



diferencias, quizás en algunos casos en los que las NIC, se engloba un poco más los términos, ya que tiene una perspectiva de ver en lo macro.
Pero en casi todo, definen muy semejantemente ciertos conceptos que son lo más importante para el fin que persigue la contabilidad, que es dar una exacta y servible información a los usuarios, con la mayor claridad y entendimiento posible.

Bibliografía

SALAS, Juan José Situación Actual de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) y el proceso de conversión. 2002


http://www.monografias.com/

1 comentario:

Unknown dijo...

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